22 abril 2008

LA AFIP NO ALLANA DOMICILIOS SIN ORDEN JUDICIAL

Sin embargo un fallo ratifica su facultad de utilizar amplios poderes para defender los derechos de los contribuyentes...

Ante erróneas interpretaciones formuladas por matutinos porteños de hoy, la AFIP aclara a la opinión pública que el reciente fallo dictado por la Sala 5 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, no faculta en modo alguno al organismo para realizar allanamientos de domicilio sin orden judicial, expedida por el juez competente.
El fallo sí ratifica en cambio los amplios poderes que posee la AFIP para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, tarea que en la que está empeñada con el fin de defender los derechos de los contribuyentes.
La decisión judicial se vincula con la apelación a una resolución dictada por el organismo, que determinó la existencia de ventas omitidas y el ajuste de las obligaciones tributarias de una empresa dedicada a la venta de productos odontológicos.
El fallo judicial explica que, en virtud de las actas de fiscalización, queda claro que la firma comercial autorizó a los funcionarios de la AFIP a llevar adelante la recolección de la documentación.

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